martes, 14 de febrero de 2012

OCDE Precios de Transferencia



 Las primeras legislaciones que incorporaron reglamentación sobre precios de transferencia surgieron durante la primera guerra mundial, basadas en principios preventivos más que operativos. El grupo adhoc de la Organización de las Naciones Unidas ONU fue el primero en realizar un análisis documentado sobre la transferencia de utilidades por organismos multinacionales.

El Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE dio a conocer en 1979 el reporte "Precios de Transferencia y Empresas Multinacionales", el cual sentó las bases del principio de "Plena Competencia" (Arm's Length Principle) reflejado en el artículo 9 del modelo convenio sobre ingresos y capital. En 1995, una revisión y actualización al mencionado reporte dio lugar a las conocidas "Directrices de Precios de Transferencia para Empresas Multinacionales y Administraciones Fiscales".

Dichas directrices son fuente imprescindible de análisis y revisión para países miembros de la OCDE; y se han ido complementándose con los siguientes trabajos:

  • Durante 1996 y 1997 se añadieron capítulos sobre intangibles y sobre acuerdos de contribución de costos, respectivamente.
  • En 1998 se incluyeron nuevos anexos con ejemplos prácticos y procedimientos para vigilar la puesta en marcha de las directrices.
  • En 1999 se agregó un anexo que cubre las guías de procedimientos sobre Acuerdos Anticipados de Precios bajo el Procedimiento de Acuerdo Mutuo (MAP / APAs).
  • En el 2009 se introdujeron algunas enmiendas en el capítulo IV, sobre todo para reflejar los últimos avances en la solución de controversias.
  • En el 2010 se revisaron sustancialmente los capítulos I al III con la incorporación de nuevas guías sobre la selección del método más apropiado de acuerdo a las circunstancias del caso, así como la aplicación de los métodos de márgenes transaccionales y como realizar el análisis de comparabilidad. Asimismo, en la edición 2010 fue incorporado el capítulo IX, que trata sobre aspectos de precios de transferencia y la reestructuración de negocios.

Fuente:

Business Economics Consulting. http://www.businecon.com/es/ocde-precios-de-transferencia

Estimado lector, si usted requiere asesoría para el cumplimiento de sus obligaciones en materia de precios de transferencia, nos ponemos a sus órdenes en el correo electrónico que aparece a continuación:

L.C. Omar G. Serrano Fanjul
Especialista en Precios de Transferencia

 

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